Información vigente
Un nuevo esquema que exige planificación.
La Ley 27.802 creó el Fondo de Asistencia Laboral con una contribución mensual obligatoria calculada sobre las remuneraciones computables para el SIPA.
La entrada en vigencia fue postergada al 1 de noviembre de 2026. Las alícuotas legales iniciales son del 2,5% para empleadores MiPyME y del 1% para grandes empresas, con los alcances y excepciones previstos por la norma.
Contenido informativo actualizado a septiembre de 2026. La aplicación concreta debe revisarse según la situación laboral, registral y contable de cada empleador.
2,5%MiPyME · alícuota inicial
1%Gran empresa · alícuota inicial
01/11Entrada en vigencia prevista
Calculadora orientativa
Estimá el aporte mensual previsto.
Ingresá la remuneración mensual computable total. El resultado es una primera referencia, no una liquidación definitiva.
Aporte mensual estimado
$ 0
Cálculo orientativo: base informada × 2,5%.
La estimación no contempla particularidades, exclusiones ni eventuales variaciones reglamentarias. No reemplaza el análisis contable, laboral o legal de cada empresa.
